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martes, 22 de febrero de 2011

Personal doméstico: sueldo y aportes, según la ley


Desde noviembre, la ley estableció nuevos pisos salariales para el personal doméstico. Según las categorías, se definió un sistema especial de salario mínimo.
* El salario mínimo de una empleada doméstica que no pernocta y trabaja jornadas de 8 horas subió un 23%: pasó de $1.347,56 a $1.657,50.
* Para quienes trabajan por hora, el valor aumentó un 23%: pasó de $ 10,27 a $12,63.
* Para las institutrices, gobernantas, amas de llave, mayordomo, damas de compañía y nurses sin retiro la remuneración mínima ascendió de $1.846,70 a $ 2.271. Con retiro, $2.037.
* La categoría en la que se ubican mucamas, niñeras y cocineros especializados tiene un piso salarial de $1.891 para el personal con retiro y de $2.107 para el personal sin retiro. Y los cocineros, mucama/os y niñeras sin especialización, ayudantes, caseros y jardineras, pasan a cobrar al menos $1.847.
* Retribución mínima para el personal auxiliar de casas particulares, en la especialidad planchadoras, lavandera, personal de limpieza:
1) Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarias: $ 826,50.
2) Cada hora que exceda las 4 horas diarias se abonará a razón de $12,55.
Aportes y contribuciones
Desde enero rige el aumento de aportes y contribuciones al personal doméstico con destino a la obra social: el valor que el empleador debe para por jubilación más cobertura de salud, según la Resolución conjunta de los Ministerio de Economía y de Salud publicada ayer en el Boletín Oficial, trepó de 81,75 a 95 pesos por mes (subió un 16%).
En realidad, la cuota previsional mantuvo su valor, de $ 35 por mes. Lo que aumentó es la obra social, de 39 a 60 pesos. El valor es el mismo para el empleado y para los familiares que se suman en carácter de aporte voluntario.
Se estima que esta suba impacta sobre más 200.000 empleadas domésticas registradas, las cuales representan apenas un 15% del total de mujeres que se desempeñan en casas particulares, que suman más de un millón. Los últimos estudios arrojan que el 84,9% del sector no está registrado o trabaja "en negro".
La primera semana de enero, quienes quisieron cumplir con sus obligaciones legales se encontraron con inumerables escollos: diversos sistemas de cobro (cajeros automáticos, Pago Mis Cuentas, etc.) no habían actualizado los nuevos valores y no había forma de pagar el nuevo valor, de 95.
Es más: el plazo de pago vence los días 10 y al miércoles 9 aún no estaba resuelto el problema. Y eso no es todo: el viernes 4 el formulario 102/B de la AFIP, supuestamente actualizado, seguía teniendo el valor de 81,75.
El problema fue los cajeros y los sitios de pago on line dejaron de aceptar ese valor y tampoco aceptaban el monto nuevo, de 95 pesos. Sin duda, estas complicaciones no favorecen el pago de impuestos ni la formalización del empleo doméstico.

COMO ES EL SISTEMA
El sistema funciona del siguiente modo para las empleadas que prestan servicio en una casa 16 horas por semana o más: a cambio del pago de una suma fija, que era de 81,75 y desde enero es de $95 mensuales, la empleada doméstica obtiene la cobertura médica a través de una obra social nacional (que puede elegir entre varias opciones). En materia previsional, a cambio del aporte, tiene derecho a la pensión de invalidez y fallecimiento y con 30 años de aportes puede jubilarse con la garantía del haber mínimo.
Para tener derecho a estos beneficios, la empleada doméstica debe estar en la categoría de 16 o más horas semanales trabajadas, para el mismo o para diferentes patrones.
Si estuviese en una categoría más baja, que tiene menores aportes y contribuciones, puede optar por pagar la diferencia hasta completar los $95 mensuales para tener derecho a la cobertura de jubilación y obra social.
También el grupo familiar (hijos y familiares a cargo) puede tener la cobertura médica con el pago adicional, que subió a 60 pesos mensuales por persona .
A su vez, el personal doméstico -esté o no registrado- tiene derecho a cobrar la asignación por hijo de $ 220 si no lo cobra el padre o la madre del menor.
Más información: Consultas generales

EL EMPLEADOR Y SUS BENEFICIOS
Si la empleada está registrada, el patrón o dador de trabajo puede deducir hasta 10.800 pesos por año de la base imponible de Ganancias. Esta política fue pensada para aumentar el trabajo en blanco, pero hasta ahora no ha demostrado grandes resultados. Es más: algunos lo cuestionan, por considerarlo un subsidio a los sectores más acomodados, que tienen empleadas domésticas.

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