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jueves, 1 de diciembre de 2011

Conocé los fundamentos del Proyecto de Olmedo de protección a la madre y al niño por nacer


La Cámara de Diputados de la Nación aprobó anoche y dio media sanción a la Ley de muerte digna y no logró media sanción la Ley de fertilidad asistida. El año legislativo también dejó la despenalización del aborto como tema pendiente para 2012.

En este marco el Diputado Nacional por Salta Alfredo Olmedo dio a conocer los fundamentos del proyecto en defensa de la vida de la madre y el niño por nacer y el neonato en donde reclama que el Estado atienda como es debido con todo el sistema sanitario a la madre que cursa un embarazo de riesgo y a la madre que decidió abortar a fin de garantizar su vida.

"En la bioética de los inicios de la vida asistimos a un momento de síntesis entre dos grupos que pudieron descalificarse recíprocamente en otras décadas y que ahora descubren coincidencias. Por un lado los grupos feministas pro- elección, descubren que en países de capitalismo salvaje, la decisión de las mujeres de llevar o no adelante sus embarazos, no pocas veces está condicionada con la falta de asistencia económica social y espiritual.

Por otro lado, los grupos pro-vida que defienden a ultranza el derecho de los fetos, descubren que si esas mujeres no son asistidas desde la emergencia con la estrategia de los cuidados paliativos se procedería, por mala praxis, a una eutanasia pasiva con la futura madre en riesgo y con los otros hijos desasistidos", argumenta el legislador.

"Ambos grupos buscarían salir de posturas incompletas e imprudentes brindando la excelencia en el cuidado emocional y clínico a la madre ahora en el comienzo de un cuadro con un alto riesgo de mistanásia (muerte infeliz por abandono espiritual y médico).

"La emergentología descubrió los "pacientes grises" mistanásicos con las cuatro D (desposeídos, descontrolados, desesperados y desesperanzados) y descubrió además que muchas mujeres excluidas con embarazos no deseados respondían a esa clasificación. En tal caso, obligatoriamente el Estado debería nomenclarlas como pacientes grises", insta el legislador.

"Las cuatro principales causas de mortalidad materna (que en su conjunto, representan casi el 90%, según los más recientes informes de la (OMS), son previsibles: hemorragias severas luego del parto, procesos infecciosos, alteraciones de hipertensión durante el embarazo, eclampsia y obstrucciones en el parto.

Se sabe que las mujeres más pobres tienen abortos inseguros no sólo por cuestiones de sepsis y que por eso, atenderlas, es sobre todo, garantizarles la asistencia médica para que la pregunta de llevar adelante una gestación no les implique un compromiso supererogatorio sino una responsabilidad posible" analiza Olmedo en su presentación.

"Este proyecto de ley propone garantizar la atención y contención psicológica de las mujeres durante sus tratamientos para combatir la mistanasia, el embarazo de máximo estrés, atender el parto en situaciones de riesgo biosocial, el puerperio y el primer año de vida del niño o niña, en situaciones de pobreza moral o socioeconómica.

Inclusive si la mujer ha fallecido durante el parto, o éste no se pudo concretar por tal causa. Estas prestaciones deben incluirse en el Plan Materno Infantil y ser incorporadas en esta condición sin límite en el Programa Médico Obligatorio", detalla.

"Nuestro proyecto trata de que el Estado atienda los derechos personalísimos para que todos los agentes de salud mancomunen esfuerzos ennobleciendo la vida desde sus inicios. Una legislación de paliogénesis no puede obviar que en la toma de decisiones de interrumpir o no el embarazo, el discernimiento está condicionado, no sólo por la situación espiritual o social de la mujer o de la pareja en cuestión, sino también por los premios o castigos que reciba de la sociedad el acto de alumbrar" analizó.

"De la misma manera que se dice que no hay muerte correcta (ortotanasia), sin muerte asistida (paliotanasia), decimos que no hay correcto nacimiento (ortogénesis) sin paliogénesis. El Estado debe asistir adecuadamente en las condiciones de máximo sufrimiento el alumbramiento, garantizando el máximo de excelencia en la atención: Esto es una asistencia social, médica, psicológica, espiritual y jurídica", concluye el texto.

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